En la localidad de El Dorado, la URIII, demoró en forma preventiva al ciudadano Alcides Aguinagalde por violar el Articulo 211, en reiteradas ocasiones realizó falsas informaciones en las redes con respecto a las personas sospechosas de haber contraído el Coronavirus.
El hecho denunciado tiene fecha de publicación 27 de marzo del corriente, a las 20.03, cuando en el muro de la cuenta que tiene con su propio nombre apareció la siguiente inscripción (textual): “ Pinta pororó 14 caso sospechoso en el samic alado de pediatría ensima lo ponen Dios mío”.
“Ante la posibilidad de un delito de acción penal de intimidación publica”, se informó al Juzgado de Instrucción 1, secretaria 2, dado que la publicación reuniría “todas las características para iniciar una causa de acción privada por injuria y no causa penal no obstante que se inicie actuaciones Judiciales”, sostiene el parte policial distribuido poco después del mediodía de este domingo.
ART. 211 Será reprimido con prisión de dos a seis años, el que, para infundir un temor público o suscitar tumultos o desórdenes, hiciere señales, diere voces de alarma, amenazare con la comisión de un delito de peligro común, o empleare otros medios materiales normalmente idóneos para producir tales efectos.
Cuando para ello se empleare explosivos, agresivos químicos o materias afines, siempre que el hecho no constituya delito contra la seguridad pública, la pena será de prisión de tres a diez años.